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I.-        Derecho Laboral:

Se comprenden, a modo referencial, las siguientes áreas del derecho laboral:

  1. Nacionalidad
  2. Jornada de trabajo
  3. Descanso semanal
  4. Feriado
  5. Remuneraciones (destacando gratificaciones, semana corrida y forma de cálculo de cada prestación)
  6. Reglamento Interno
  7. Inclusión laboral.
  8. Accidentes del Trabajo
  9. Cotizaciones previsionales.
  10. Fallecimiento trabajador.
  11. Término y finiquito.
  12. Teletrabajo

*Las áreas indicadas son meramente referenciales


II.-       Derecho Civil: 

Se comprenden, a modo referencial, las siguientes áreas del derecho civil:

  1. Modos de adquirir el dominio.   (Por ejemplo accesión, ocupación, tradición, etc.)  
  2. Derechos reales (Por ejemplo dominio, usufructo, servidumbre, etc)
  3. Títulos de mera tenencia.  (Por ejemplo arriendo, comodato, etc)
  4. Sucesión por causa de muerte. (Por ejemplo herencias, legados, testamento, etc)
  5. Del modo extinguir obligaciones. (Por ejemplo pago, transacción, prescripción, etc)
  6. Contratos (Por ejemplo compraventa, hipoteca, mandato, mutuo, etc)
  7. Responsabilidad contractual y extracontractual (Por ejemplo incumplimientos contractuales, daños, indemnizaciones, etc)
  8. Posesiones efectivas.

*Las áreas indicadas son meramente referenciales

III.-      Derecho Comercial: 

  1. Sociedades. (Por ejemplo Anónimas, Limitadas, SpA, etc.)
  2. Títulos de crédito (Por ejemplo cheques, letras, etc)
  3. Contratos comerciales y poderes.

*Las áreas indicadas son meramente referenciales


IV.-      Derecho Penal: 

  1. Intervinientes.
  2. Formalización y medidas cautelares.
  3. Salidas alternativas y penas sustitutivas.
  4. Eximentes.
  5. Atenuantes y agravantes
  6. Delitos
  7. Procedimientos
  8. Recursos

*Las áreas indicadas son meramente referenciales